En virtud a las consideraciones precedentes y acogiendo el anterior criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, sede en Barquisimeto, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda incoada por la ciudadana AIDE DEL CARMEN MORENO DE SANTANA, venezolana, mayor de edad, casada, secretaria, domiciliada en Trujillo, Estado Trujillo, titular de la cédula de identidad Nro. 9.315.687, en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO TRUJILLO, por NULIDAD DE ACTO. Archívese el presente expediente. Así se decide, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley.