Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado Jesús Alberto Dicurú Antonetti en su carácter de Defensor Privado Luís Eduardo Marcano Rubio, contra la decisión de fecha 23 de Marzo de 2011 y fundamentada en fecha 04 de Abril de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 05, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual CONDENA al ciudadano Luís Eduardo Marcano Rubio y en consecuencia, se acuerda modificar la pena impuesta al ciudadano Jesús Eduardo Marcano Rubio en lo que respecta a la INHABILITACION prevista en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, quedando la pena en UN (01) AÑO Y NUEVE (9) MESES DE PRISION, mas la inhabilitación para el ejerci.....