Mediante Resolucion Nº:PJ0252024000116, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer del presente asunto y en consecuencia, DECLINA la competencia para conocer y decidir la solicitud de título supletorio presentada por los ciudadanos GIANNI MICHELANGELO GRIECO PINTO y SALVATORE GESU GRIECO PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-27.255.596 y 24.193.689, de este domicilio, cuya solicitud se encuentra visado por el abogado LENIS MIGUEL RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.816, a uno cualquiera de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, que p.....