DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RAFAEL ALFONSO TOSTA RIOS, en su carácter de defensor privado contra la decisión dictada y publicada el 21 de mayo de 2017, por el Tribunal Militar Tercero de Control, con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual declaró con lugar la solicitud del Ministerio Público Militar de decretar privación judicial preventiva de libertad al ciudadano JORGE ENRIQUE MACHADO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.057.557, por la presunta comisión de los delitos militares de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en artículo 465 y REBELIÓN MILITAR, previsto en el artículo 476 ordinal 1° y 486 ordinal 4°, y sancionado en el artículo 487 y 479, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, fundamentado en los artículos 439 y 440 del Código Orgánico Procesal Penal y 2, 26,44, 49, 51 7 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Queda en .....