DISPOSITIVA
Por los hechos y los argumentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Con lugar la solicitud de de declaratoria de incompetencia por falta de jurisdicción de conformidad con los artículos 56, 71, 72 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Fiscal Militar Auxiliar Décimo Tercero de fecha 08 de julio de 2013, de la causa donde se investigan los hechos donde presuntamente los ciudadanos Carlos Alvim Enrique Sieveres Buitrago, titular de la cédula de identidad número V-7.387.949 y Carlos Luis Duran, titular de la cédula de identidad número V-17.306.973, se encontraban alterando el orden público en las adyacencias de la plaza Bolívar de la ciudad de Barquisimeto. SEGUNDO: Se declina el conocimiento de la presente causa en la jurisdicción penal ordinaria del estado Lara, todo a tenor de lo es.....