Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública Abg. Zarelly Zambrano, contra Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual se Condeno al ciudadano Omar Rafael Rigió Pernalete, a cumplir la pena de Nueve (09) años de prisión mas las penas accesorias establecidas en la Ley, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, producida por el Juzgado de Juicio No. 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara en fecha en fecha 07 de Mayo de 2008 y Fundamentada en fecha 12 de Mayo de 2008, conforme a lo.....