DECRETA: PRIMERO: La Aplicación del Procedimiento Ordinario en la presente causa, presentada por la Fiscalía Militar Cuadragésima con Competencia Nacional en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO JOSÉ GREGORIO FLORES ARIAS, titular de la cédula de identidad N° V-20.924.139, quien es plaza del Grupo Aéreo de Trasporte Nº 09, en virtud de encontrarse satisfecho las condiciones establecidas en el artículo 236 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la Pre-calificación Jurídica realizada por el Ministerio Público Militar por los Delitos Militares de "SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA", tipificado y sancionado en el Artículo 570, numeral 1 y el Delito de DESOBEDIENCIA tipificado y sancionado en los artículos 519 y 520, todos del Código Orgánico de Justicia Militar en Grado de Autor, en consecuencia se declara sin lugar la solicitud efectuada por la Defensa Privada en relación a que se desestime los delitos ya precal.....