En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR SÉPTIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE BARQUISIMETO, ESTADO LARA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: Se impone al ciudadano SARGENTO PRIMERO JESÚS RAFAEL ARTEAGA GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.213.067, plaza del Destacamento de Seguridad Urbana Lara, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de NEGLIGENCIA, previsto y sancionado en los artículos 538, en concordada relación con el artículo 541 ambos del Código Orgánico de Justicia Militar,, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 256 numerales 3°, 4° y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 1) Presentarse cada Quince (15) días ante la sede de este Tribunal Militar. 2) Prohibición de salida del país, sin la debida autorización de este Juzgador. 3) Mantener una conducta intachable y ejemplarizante, apegada a las normativa.....