Este juzgado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada del presente auto y de los escritos de desistimiento en el copiador de homologaciones del tribunal. Como se pide, se acuerda la devolución a la parte actora de los documentos originales cursantes del folio 10 al folio 24, ambos inclusive, previa su certificación en autos. Archívese el expediente.