DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Abogados GONZALO HIMIOB y URSULA RODRIGUEZ, en su carácter de defensores privados del ciudadano General de Brigada ® ANGEL OMAR VIVAS PERDOMO, titular de la cédula de identidad No V- 4.629.893, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Segundo de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, en fecha cuatro de mayo de dos mil diez, en el juicio que se le sigue por la comisión de los delitos de Insubordinación, previsto y sancionado en los artículos 512 numeral 1º y 513 ordinal 3º, Desobediencia, previsto y sancionado en los artículos 519 y 520 en su primer aparte y Contra el Decoro Militar, previsto y sancionado en el artículo 564, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad a lo previsto en el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser recurrible la decisión impugnada.