Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación Interpuesto por el Abogado LUIS BENJAMIN REYES ROBLES, actuando en carácter de Defensor Privado, en la causa seguida a los Ciudadanos acusados MARIO JAVIER MOSQUERA Y GENERA ENCARNACION VALERA BARRIOS, por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE
FRUSTRACION, tal acción de impugnación ejercida contra la decisión proferida por el Tribunal Quinto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, fechada el 16/02/2.007, mediante el cual condenó al Ciudadano MARIO JAVIER MOSQUERA, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUP.....