DECLARO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por los abogados ANDRES ELOY HERNANDEZ SANDOVAL y DAVID RAUL TERAN GUERRA, defensores del Coronel (AV.) PEDRO EMILIO PICOS GUERREROS, contra el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, de conformidad con los establecido en el artículo 6 numeral 5 de la Ley Orgánica Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.