PRIMERO: De oficio, SE ANULA el auto de entrada de fecha 17-10-2024, dictado por ésta Alzada, y las actuaciones subsiguientes a éste, REPONIÉNDOSE la causa al estado que el A Quo deje sin efecto el oficio Nº 2620-241, con el cual remitió el presente expediente, se pronuncie sobre la apelación ejercida en fecha 18-09-2024 por el abogado Wilfredo Melfong Sun Moreno, y una vez que haya pronunciamiento sobre la misma, envíe nuevamente el expediente Principal, a la URDD CIVIL para su distribución entre los Juzgados Superiores en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito a los fines de la resolución de la apelación propuesta.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del presente recurso, en virtud de la naturaleza jurídica de la presente decisión.