PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto se califiquen los hechos como flagrante, y en consecuencia se ordena el procedimiento ordinario. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud realizada por el Ministerio Publico Militar en cuanto a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO BALIENDER ENRIQUE ALCALA, titular de la cédula de identidad Nº V-21.727.388, por estar incurso en la presunta comisión del delito militar de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, Numeral 3º, más las agravantes establecidas en el artículo 402, Numeral 1º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. TERCERO: CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar, en cuanto a que se le decrete a favor del ciudadano SARGENTO PRIMERO BALIENDER ENRIQUE ALCALA, titular de la cédula de identidad Nº V-21.727.388, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, Numeral 3º, es .....