En consecuencia, el hecho de que el Capitán DENNIS JEFFERSON DUEÑEZ MÁRQUEZ, actuando en su condición de Fiscal Militar Trigésimo Quinto con Competencia Nacional, haya prescindido de toda oralidad, limitándose a consignar un escrito de solicitud; a pesar de la notoria naturaleza oral del acto que se encuentra fijado para el día primero de febrero del presente año; conllevan forzosamente a estos juzgadores a decretar extemporánea por anticipada su solicitud, toda vez que a tenor de lo establecido en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y conforme a los artículos 14 y 338 del Código Orgánico Procesal Penal, nuestra justicia es oral; no pudiendo considerarse como un formalismo no esencial; pues se trata de un principio rector de sistema acusatorio vigente; aunado a los principios de inmediación, de contradicción y principalmente el derecho de igualdad entre las partes; establecidos en los artículos 16, 18 y 12, respectivamente, todos del Código Or.....