Ley Decreta el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo previsto en el 318 Ord. 3° del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia declara La Extinción De La Acción Penal Por Prescripción, a favor del SLDDO. ROBERTO CARLOS JIMENEZ ORDOÑEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-16.424.037, quien fuera plaza del 722 Batallón de Reserva "BATALA DE VIGIRIMA", involucrado en la presunta comisión del delito militar de DESERCION, tipificado y sancionado en el Articulo 523, 527 Ordinal 1º y 528 del Código Orgánico Justicia Militar. En consecuencia, en su oportunidad legal, remítase la presente causa al Circuito Judicial Penal Militar, a los fines conducentes de su archivo, según lo establecido en el Artículo 98 del Código Orgánico de Justicia Militar