este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la ciudad de Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo de local comercial interpuesta por el ciudadano IVAN JOSUE MARCHAN PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.309.243, debidamente asistido por la abogada RONNA DE LAS MERCEDES COLMENAREZ DELGADO, contra la Firma Mercantil 4R MOTOR´S C.A., debidamente registrada ante el Registro Mercantil Segundo del estado Lara, bajo el Nro. 5, Tomo 55-A RM3, de los libros llevados por el referido despacho en el año 2015, titular del R.I.F. Nro. J-40652966-4, representada por el ciudadano ROGER JOSE MONTES DE OCA GOMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.234.492, en su condición de Presidente.
SEGUN.....