DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Primer Teniente JUAN PEDRO CARBONERO, en su condición de Fiscal Militar Quincuagésimo Cuarto con Competencia Nacional, contra la decisión dictada el 14 de julio de 2017 y publicada el 19 de julio por el Tribunal Militar Décimo Noveno de Control con sede en Barinitas, estado Barinas, mediante el cual decretó Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad a los ciudadanos MARCO ANTONIO BORELLI DE NUNCIO, DIEGO JOSE PICON SALCEDO, ALBERTO ALEJANDRO DEL CARPIO MENDEZ, JORGE LERMIR ARANGUREN FRANCIA y CESAR MOISES LAPP SULBARAN, en la causa que se les sigue por la presunta comisión de los delitos militares de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el artículo 502 primer aparte y ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 505, todos del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.