DECLARo: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado LEOPOLDO ANTONIO QUINTANA VELASQUEZ, en su condición de Defensor Privado, contra la decisión dictada en fecha 02 de agosto de 2017 y publicada el 14 de agosto de 2017, por el Tribunal Militar Segundo de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano NATERA RIVERO CANDELARIO JOSÉ, titular de la cedula de identidad Nº V-6.906.609, en la causa que se le sigue por la presunta comisión de los delitos militares de TRAICION A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el artículo 465; REBELION MILITAR, previsto en los artículos 476 ordinal 1º y 486 ordinal 4º, sancionado en el artículo 479 y SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º, todos del Código Orgánico de Justicia Militar.