DECLARA: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado ANGEL GEOVANNY CASTRO CONTRERAS, en su carácter de defensor de los ciudadanos Teniente DANIEL ALEXANDER MORALES GONZALEZ, Sargento Mayor de Segunda RUDYS ANDRES MOTA AZUAJE y Alistado JOSÉ MANUEL FONSECA FONSECA, contra las presuntas omisiones en que incurrió el Tribunal Militar Décimo Octavo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, todo conforme a lo previsto en el artículo 6 numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.