DI S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 4, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide de la siguiente manera: PRIMERO: Acuerda otorgar el beneficio de régimen abierto al penado WILLIAN JOSE LOPEZ SUAREZ, por cuanto se considera que la oferta laboral fue consignada en el lapso que solicito el tribunal, se le ratifican las condiciones a cumplir al referido penado. SEGUNDO: Se otorga la transferencia al Centro de Residencia Supervisada Francisco Canestre de Caracas, en virtud de corre peligro. TERCERO: Se acuerda la práctica de la experticia toxicologica al penado. CUARTO: Se acuerda la actualización del cómputo de pena.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese