Por las razones anteriormente expuestas y cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el presente recurso contencioso tributario ante este Juzgado mediante escrito de fecha 18 de marzo de 2008, por el ciudadano Osmán Antonio Guzmán Santos, guatemalteco, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E- 84.315.760, actuando como representante de la contribuyente ICA CONSTRUCCIONES CIVIL DE VENEZUELA S.A., con domicilio fiscal en la Avenida Colombia, Torre Loreto II-B, Penthouse, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, debidamente asistido por el Abogado Oskar Medina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 89.145, contra la Resolución 2.055, dictada en fecha 06 de febrero de.....