En mérito de las consideraciones precedentes, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, Fiscal Nonagésima Séptima (97°) del Ministerio Público como garante en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en fecha 16 de julio de 2008, a petición de la ciudadana MARLY YUNEN VILLARREAL GRATEROL venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.900.110, contra el fallo dictado por la Jueza Unipersonal IX de este Circuito Judicial, el 24 de abril de 2009. ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 24 de abril de 2009, por la Jueza Unipersonal IX del Circuito Jud.....