Ley CONDENA al ciudadano RAFAEL ÁNGEL MÁRQUEZ RIVAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.052.050, domiciliado en la Urbanización Guadalupe, casa Nro. 4, La Asunción, Estado Nueva Esparta, de la acusación que le fue formulada por el Ministerio Público Militar por la comisión de los delitos militares de USO INDEBIDO DE CONDECORACIONES, INSIGNIAS Y TITULOS MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 566; y FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 569, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, a cumplir la Pena de DOS (02) AÑOS Y ONCE (11) MESES DE PRISIÓN; más las penas accesorias contenidas en el artículo 407 del Código en Comento, es decir las contenidas en los Ordinales 1º y 4º, que tipifican "Inhabilitación política por el tiempo de la pena"