DISPOSITIVA
              Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE LA DEMANDA   la demanda que por motivo de DESALOJO DE  INMUEBLE  intentado por los ciudadanos: IRMA RAMONA CAMACARO y CARLOS RAFAEL GOMEZ, representada por los Abogados ALEXIS VIERA DURAN, ENRIQUE COLS LOPEZ y LUIS ERNESTO FIDHEL GONZALES,  contra la ciudadana: NELIDA ANTONIETA SIRA LOPEZ, representada por los Abogados PIO REINALDO RODRIGUEZ BULLONES, CARMEN ACIRIA RODRIGUEZ AMARO y REINALDO EFIGENIO RODRIGUEZ AMARO, todos  plenamente  identificados  en  autos.  En consecuencia:  -------------------------------------------------------------------------------------  
	No hay condenatoria en costas por la naturaleza de lo aquí decidido, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.---------------------------------------------------------.....