Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado: JOAN JOSÉ RIVERO MÁRQUEZ portador de la Cedula de Identidad N° 17.626.011, quien es Venezolano, mayor de edad y residenciado en Barrio 24 de Julio avenida principal casa Nº 05, en Barquisimeto , Estado Lara, por el lapso que le falta para extinguir la pena impuesta que es de UN (1) AÑO, OCHO (8) meses y once (11) DIAS, toda vez que la pena extingue el día 11 de Julio de 2009.