Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el recurso contencioso Tributario, remitido mediante oficio 110/2009, de fecha 31 de marzo de 2009, emanado del Juzgado Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, interpuesto ante ese mismo órgano por los abogados Alberto Benshimol, Maria Leticia Perera y Corina Salazar, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.949.074, 12.995.217 y 17.704.916, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 72.831, 82.916 y 130.861 respectivamente, representantes judiciales de la contribuyente SERVICIOS SIDERÚRGICOS SERSISA, S.A., domiciliada en Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar; contra la Resolución Nº GF/0/2008-0556 de fecha 3 de diciembre de 2008, emanada de la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de la Vivienda y Hábitat (BANAVIH).