DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la revisión de obligación alimentaria incoada por la ciudadana ELIBETH ANNERY MADRID CORNIELES contra el ciudadano RAUL MUHAMAD YUSEF DIAZ, quedando CONFIRMADA la decisión de fecha 30 de junio de 2008, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con sede en Puerto Ordaz, a cargo del Juez Nº 02, ello de conformidad con las disposiciones legales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado IVAN VICENTE IBARRA GUEVARA apoderado judicial de la pa.....