PRIMERO: La parte demandada reconoce la relación laboral, sin embargo niega el horario de trabajo establecido en el escrito libelar y que por ello se hubieren generado horas extras y días feriados, deja expresamente establecido que el término de la relación fue por renuncia, y se realizo su liquidación en fecha 31 de Julio de 2005, la cual incluyo las vacaciones y utilidades. Igualmente se realizó la participación al seguro social del retiro del trabajador, sin embargo a pesar de la liquidación de prestaciones sociales efectuadas el 31 de julio de 2005, a los fines de cancelar por cualquier diferencia que pudiera existir y como bonificación por termino de la relación laboral ofrece cancelar la suma de TRES MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS (Bs. 3.000.000,00), los cuales serán cancelados el día 01/08/2007 a las 08:30 a.m., ante la U.R.D.D.
SEGUNDO: La parte accionante toma la palabra y expone: con el propósito de dar por terminada la presente reclamación aceptamos el planteamiento d.....