DECLARÓ INADMISIBLE LA RECUSACIÓN presentada por el Abogado ALONSO ENRIQUE MEDINA ROA, Defensor de los ciudadanos CORONEL (GN) JESUS ERNESTO CASTRO YELLES y CAPITÁN (GN) JAVIER ENRIQUE NIETO QUINTERO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 4.352.358 y V-10.155.129, respectivamente, contra el MAYOR (AV) RUBEN DARIO GARCILAZO CABELLO, Juez Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas, conforme lo prevé el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto las razones en las que se fundamenta la recusación, no se subsumen en el numeral 8 del artículo 86 ejusdem.