Es el caso que, realizado el estudio de las actas procesales que conforman el presente asunto, especialmente de los señalamientos explanados en la presente acción, observa esta Juzgadora que no se desprende de manera clara contra quien va dirigida la querella funcionarial, por cuanto en el escrito libelar no se señala de manera clara el ente contra el cual la querellante ejerce su acción, ni tampoco señalo la dirección en la cual se deben practicar las respectivas notificaciones de Ley. También se observa que en el escrito libelar que no se establecio número celular ni correo electrónico de las partes y en cuanto al acto administrativo impugnado, se desprende que ataca la notificación de la destitución, motivo por el cual queda evidenciado que los argumentos expuestos resultan ambiguos o confusos, y con el fin de que sean corregidos y subsanados por la parte accionante, esta Juzgadora como directora del proceso y haciendo uso de la facultad atribuida por la norma in comento le concede .....