este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentado por intentado por el ciudadano RUBEN DARIO VILLASMIL DELGADO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.844.457 contra el ciudadano DOMENICO ROSETTA, de nacionalidad Italiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.000.584.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los treinta (30) de Junio de dos mil veintitrés (2023), Años: 213° y 164º. Sentencia Nº 292 y quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº 03.-
La Juez Provisorio
Abg. Johanna Dayanara Mendoza Torres.
.....