Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida en fecha 25 de Junio de 2002 por la abogado ELINA RAMIREZ REYES, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el extinto Juzgado Noveno de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de Septiembre de 2001, oída en ambos efectos por auto de fecha 09 de Julio de 2002. SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de falta de cualidad para sostener el juicio alegada por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la prescripción alegada por la parte demandada. CUARTO: SIN LUGAR la nulidad del laudo arbitral dictado el 14 de Agosto de 1998, por la Comisió.....