Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la pretensión, intentada por la ciudadana: FLAMBIER RODRÍGUEZ, contra el  ciudadano JOSÉ VICENTE SANCHEZ LUCKERT, por Cobro de LETRA DE CAMBIO (Vía Intimación).-----------------  
La  Juez, 
ABOG. LUZ MARÍA VILLARROEL.  
El  Secretario Accidental, 
   ABOG. CRUZ MARIO VALERA				
Se registró y publicó siendo la 1:50 A.M.	
El  Sec.