DECIDE:
PRIMERO:SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado JUAN CARLOS RODRÍGUEZ SALAZAR, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL A. CONTRERAS P., ya identificado, contra la decisión definitiva dictada en fecha 18-11-2014 por el Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO:SIN LUGAR la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, autenticado en fecha 27-12-2012, por ante la Notaría Pública Quinta de Barquisimeto, bajo el N° 47, Tomo 258 de los Libros de Autenticaciones llevados por ese Despacho, con pretensiones de ejecución de cláusula Penal, incoada por el ciudadano MANUEL A. CONTRERAS P., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.960.531 contra el ciudadano MARIO C. GÓMEZ A., colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 84.487.612; ambos con domicilio en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara.
TERCERA:CO.....