DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de Revisión de la Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Mirian Del Carmen Castro León, ya identificada, en contra del ciudadano Ramón Eloy De Jesús Colmenarez Oñates, ya identificado. En consecuencia se incrementa el monto de la obligación de manutención a la cantidad de cuatro mil bolívares mensuales ( Bs.4.000,oo) a razón de dos mil bolívares quincenales (Bs. 2000,oo), además el cincuenta por ciento (50 %) de los gastos de medicinas, vestidos, uniformes, útiles escolares, habitación, deporte y cualquier otro que requieran sus hijos. Asimismo, se ordena la retención de dicho monto por el organismo empleador. Librase oficio en su .....