Se dictó Decisión por la cual este Juzgado Militar Octavo de Control con sede en la Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal pasa a decidir con forme a los siguientes términos : PRIMERO: se admite en su totalidad la acusación de fecha 23JUL03 interpuesta y ratificada en este acto por parte del Ministerio Publico Militar con sede en la ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en contra el ciudadano INFANTE DE MARINA ENRIQUE LUIS LANZA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.911.653, plaza de la SEPTIMA BRIGADA FLUVIAL FRONTERIZA "GENERAL EN JEFE FRANZ RISQUEZ IRIBARREN", por la presunta comisión del delito de militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 524 y 528, del Código Orgánico de Justicia Militar y se admiten en su totalidad las pruebas ofrecid.....