DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR LA DEMANDA de DESALOJO intentada por la DEMANDANTE: RICHET CASTAÑEDA PEÑA, venezolano, mayor de edad, de este Domicilio, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.800.868. ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: MIGUEL RAMON ROJAS MORILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de las Cedula de Identidad Nº V- 13.196.782, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 119.704. En contra del ciudadano CECILIA ALTAGRACIA PERDOMO ORELLANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.414.621, y de Este Domicilio. ABOGADO ASISTENTE PARTES DEMANDADA: MILENNA JIMENEZ SILVA. Abogada en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.444,
En consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA EL DESALOJO del inmueble arrendado co.....