D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO ALDANA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, títular de la cédula de identidad N° 17.677.434, quien fuera Soldado (EJ) plaza del 212 Batallón de Infantería "Carabobo", con fecha de nacimiento 07/02/1983, natural de Colón, Estado Táchira, domiciliado en el Barrio San Vicente casa N° 13-195, Colón, Estado Táchira, por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en el artículo 523, 527 ordinal 1° y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, de conformidad con lo establecido en el artículo 45, 48 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y por consiguiente suspéndase toda medida de coerción personal sobre el mencionado ciudadano. Re.....