En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Eduardo Trenard, apoderado judicial de la demandada contra la decisión de fecha 25/01/2007 dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se ordena a la sociedad mercantil CB CIMIENTOS BYA S.A y solidariamente a los ciudadanos JOSÉ RICARDO ESCLUSA MONTERO, LEOPOLDO JAHN MONTAUBAN y RAMÓN MATHEUS, plenamente identificados en autos, que paguen al ciudadano Edilcio Mendoza, además de las cantidades y conceptos condenados en la Sentencia de Primera Instancia, las indemnizaciones establecidas en el Artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo con base en e.....