Por todo lo antes señalado, este Tribunal Militar Séptimo de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: De conformidad con el artículo 47 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, se Ordena REANUDAR EL PRESENTE PROCESO PENAL Y REVOCAR la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano SARGENTO SEGUNDO BRAHVIT JOSÉ FERNÁNDEZ HENRIQUEZ, CI. N°. V- 22.108.822, por ser autor y responsable de la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1º y 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: De conformidad con los artículos 47 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, se CONDENA al ciudadano SARGENTO SEGUNDO BRAHVIT JOSÉ FERNÁNDEZ HENRIQUEZ, CI. N°. V- 22.108.822, a cumplir la pena de prisión de NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DIAS, más la accesoria de ley señalada en el artículo 407 numeral 1º y 2° del Código Orgánico de Justicia Milita.....