DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Consejo de Guerra de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano Sargento Segundo DIONICIO TEODOR CUBICI HENRIQUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-21.100.559, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por considerarlo como autor culpable y responsable de la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo 523, en concordada relación a lo previsto en el artículo 527, numeral 1 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en los artículos 349 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal; así como las penas accesorias establecidas en los numerales: 1, 2 y 3 del artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar, como son: Inhabilitación política por el tiempo de la pena, separaci.....