En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se ADMITE la querella planteada por la YOHANNA CAROLINA MOGOLLON TORREZ, Venezolana, de 29 años de edad, comerciante, cédula de identidad Nº V- (...), con domicilio procesal la (...), concubina del ciudadano JULIO SIMÓN VALERO ZABALETA; asistida por el abogado JOSÉ GUSTAVO CASTELLANOS MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-(...), inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado (...)), por la presunto comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, tipificado en el artículo 39 y 50 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Se otorga a la víctima la cualidad de p.....