Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 28NOV2011 por este Despacho, al ciudadano: CORDOVA GARCIA JOSE MANUEL, titular de la cédula de identidad Nº 18.905.878, venezolano, mayor de edad, estado civil casado, de 28 años de edad, con fecha de nacimiento 30/01/1984, residenciado en el barrio la llanada, sector 03, vereda 23, Cumana, estado sucre, Teléfonos:(0412) 861.83.07, quien plaza del Apostadero Naval TN. "JACINTO MUNOS" por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar.
SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, al acusado CORDOVA GARCIA JOSE MANUEL, titula.....