Con fuerza a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con los artículos 436 numeral 4º, 438 segundo aparte y 440, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en el artículo 48 ordinal 8º y 318 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y consecuencialmente DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en la causa seguida al ciudadano SOLDADO ENLLERVETT JOSÉ VELÁSQUEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-16.161.172, identificado plenamente en autos, Plaza de la Base Naval "Mariscal Juan Crisóstomo Falcón", para el momento de ocurrir los hechos, causa iniciada según orden de apertura Nº 0308, de fecha 10 de Agosto de 2001, emanada del Contraalmirante Comandante de la Base Naval "Mariscal Juan Crisósto.....