Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoado conjuntamente con medida cautelar innominada, por el ciudadano Alcides Joel Bolívar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.345.662, en su condición de Presidente de la sociedad mercantil AUTOMOVILES REGIO C.A., con domicilio fiscal en la Av. Antonio de Berrio con Av. Centurión, Edificio Regio-Dalla Costa, San Félix Estado Bolívar, asistido por los Abogados Julio Cesar Díaz Valdez y José Rafael Natera Tirado, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 10.387.571 y 797.025, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 146.634 y 15.792, también r.....