Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Anula de Oficio la sentencia publicada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 08 de abril de 2011, en la causa signada con el N° KP01-P-2010-000714, mediante el cual absolvió a los ciudadanos Egliomar Rea Maldonado y Franklin Delano Cordero Jiménez; por el delito de Ocultamiento Ilícito Agravado de Sustancias Estupefacientes, previsto en el segundo aparte del artículo 31 en relación con el numeral 8 del artículo 46 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con los artículos 190, 191, 195 y numeral 2 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal.
SE.....