Este tribunal de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACION, teniéndose como Sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA. Déjese copia certificada del presente auto y del escrito de transacción en el copiador de homologaciones del tribunal. Se ordena terminar el asunto en el Sistema Juris 2000 y el archivo definitivo del expediente. Devuélvase los documentos originales previa certificación en autos-