En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Consejo de Guerra de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Absuelve al acusado Elkin Javier Bolaño de la Rosa, colombiano, de treinta años de edad, Cédula de Ciudadanía Colombiana No. 1.093.906.096, natural de Tierra Alta Departamento de Córdova, República de Colombia, sin profesión establecida, con residencia en el Barrio el Cementerio de la población de Ureña casa sin número; y al acusado Iván Darío Colmenares Rivas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 17.126.836, natural de San Antonio del Táchira, de veintinueve años de edad, sin profesión establecida, con residencia en la calle 3, sector 4, casa No. 69 del Barrio la Integración de Ureña Estado Táchira; de la acusación formulada por la Capitán Liliana del Valle González Noguera, Fiscal Militar Trigési.....