Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de ACCIÓN DERIVADA DEL DERECHO DE PERMANENCIA intentado por el ciudadano JOSÉ MISAEL NELO RODRÍGUEZ, en contra del ciudadano JORGE ANTONIO SUÁREZ. SEGUNDO: Se acordó remitir copia certificada de todo el expediente a la Fiscalía General de la República a los fines del trámite del desacato por parte de los funcionarios adscritos a la Oficina Regional de Tierras, medida judicial decretada y ejecutada por este Tribunal el 21 de mayo de 2010, así como la obstrucción de justicia por parte del ente administrativo. TERCERO: No hubo condenatoria en costas.